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DESCRIPTION:En diciembre del 2016 la Agencia Tributaria española anunció que los contribuyentes que hacen declaraciones de IVA mensuales deberán presentar electrónicamente a partir del 1 de julio de 2017 datos de las facturas transaccionales tanto para ventas como para compras.\nComo resultado de este mandato más de 60.000 empresas deberán implementar este nuevo estándar de informes que ahora incluye el registro en tiempo real de los datos transaccionales de la factura denominado Sistema de Suministro Inmediato de información o (SII). \nLa Agencia Tributaria (AEAT) le exigirá a los contribuyentes que presenten en tiempo real todos los documentos relacionados con las obligaciones del IVA incluyendo las facturas emitidas, las facturas recibidas, las declaraciones aduaneras y justificantes contables.\nMientras que el proceso en tiempo real no comienza hasta el 1 de julio de 2017 las compañías deben presentar la información correspondiente al periodo comprendido entre el 1 de enero y el 30 de junio de 2017 a la Agencia Tributaria lo que significa que las empresas deben ser proactivas en implantar una solución para gestionar este nuevo requerimiento y estar en cumplimiento fiscal con la Agencia Tributaria. \nInvoiceware International, expertos en impuestos electrónicos\nInvoiceware ayuda a las Multinacionales a gestionar las regulaciones gubernamentales de la factura electrónica e impuestos tributarios directamente del sistema ERP existente, simplificando el cumplimiento fiscal para las empresas más grandes del mundo, entre ellas Coca-Cola, Philips, Kellogg, DuPont y Siemens.\n¿De qué hablaremos en el webinar?\n•	Lo más destacado de la legislación y su impacto en su organización\n•	Recomendaciones sobre cómo empezar a prepararse para el nuevo mandato de la Agencia Tributaria en España\n•	Cómo evitar riesgos potenciales, incluyendo cuestiones operativas y de soporte de TI, así como auditorías y sanciones\nModelos Afectados\n- Se suprime la obligación de presentación de los modelos 347, 340 y 390, así como la elaboración de los Libros Registros de IVA. Sólo se presenta el modelo 303.\n- No se envían las facturas sino los campos de los registros de facturación que se concreten en la correspondiente Orden Ministerial de: facturas Emitidas, Recibidas y tickets.\n¿Quién está obligado?\na. Compañías inscritas en REDEME\nb. Gran Empresa = (> 6 MM € de facturación)\nc. Grupo Entidades (entidad dominante y sus entidades dependientes con actividad)\n
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